Si te pidieron el aviso de retención del SAT y no tienes idea de qué es ni dónde sacarlo, no te apures: en realidad es un trámite que se hace 100% en línea desde sat.gob.mx, te toma menos de 10 minutos y solo necesitas tu RFC y contraseña o e.firma. En esta guía te explicamos qué es exactamente, cuándo lo necesitas, los pasos puntuales para descargarlo y los errores más comunes que hacen perder horas a la gente cada quincena.
¿Qué es el aviso de retención del SAT?
El aviso de retención, conocido formalmente como Constancia de Retenciones e Información de Pagos (CFDI de Retenciones), es un comprobante fiscal digital que emite quien te retiene impuestos cuando te paga. Es decir, si arrendas un local, das honorarios, recibes dividendos o vendes acciones, la persona moral que te pagó está obligada a retener una parte de ISR y/o IVA y entregarte el comprobante.
Este documento sirve para que tú, como contribuyente, puedas acreditar esas retenciones en tu declaración anual o provisional y no pagues impuestos dos veces sobre el mismo ingreso. Desde 2014 todo se maneja de forma electrónica vía CFDI, así que el famoso “papelito” ya no existe: lo bajas en PDF y XML directo del portal del SAT.
¿Cuándo necesitas sacar el aviso de retención?
No todos los contribuyentes lo necesitan, pero sí muchos más de los que crees. Estos son los casos más comunes en México:
- Arrendadores: cuando rentas un inmueble a una persona moral, esta te retiene el 10% de ISR y dos terceras partes del IVA.
- Honorarios profesionales: médicos, abogados, contadores, freelancers facturando a empresas sufren retención del 10% de ISR y 10.6% de IVA.
- Dividendos y rendimientos: bancos y casas de bolsa retienen ISR sobre intereses ganados.
- Venta de acciones o premios: casinos, sorteos y operaciones bursátiles también generan retención.
- Plataformas digitales: Uber, Didi, Airbnb, Rappi retienen ISR e IVA a sus colaboradores desde junio 2020.
Paso a paso: cómo sacar el aviso de retención del SAT
Vamos a lo práctico. Para descargar tus constancias de retención necesitas tu RFC, contraseña (CIEC) o e.firma vigente. Si no la tienes a la mano, primero recupérala en el mismo portal antes de continuar.
1. Entra al portal del SAT
Abre sat.gob.mx en tu navegador. Ve al menú superior Factura electrónica y elige Cancela y recupera tus facturas o directo a Consulta tus facturas emitidas y recibidas. Cuidado con páginas falsas: la URL siempre debe terminar en sat.gob.mx.
2. Inicia sesión
Captura tu RFC con homoclave y tu contraseña, o usa tu e.firma con los archivos .cer y .key más la contraseña de clave privada. Si llevas más de cuatro intentos fallidos te bloquean 30 minutos, así que tómalo con calma.
3. Filtra por tipo de comprobante
Una vez dentro, selecciona Consultar facturas recibidas. En el filtro “Tipo de comprobante” elige Retenciones e información de pagos. Define el periodo (recomendado mes por mes para no saturar) y dale buscar.
4. Descarga XML y PDF
Aparecerá la lista de constancias emitidas a tu nombre. Selecciona las que necesites con la casilla y oprime Descargar seleccionados. El sistema te entrega un .zip con los XML; para el PDF tendrás que abrir cada constancia y darle al ícono de imprimir o usar un visor de CFDI gratuito como el de la propia SAT.
Requisitos y datos que debe tener tu constancia
Antes de aceptar como buena la constancia que te emitieron, revisa que traiga estos elementos. Si falta alguno, el documento no es válido y debes pedirle al pagador que lo reexpida:
- RFC del retenedor y del retenido (tú).
- Folio fiscal (UUID) de 36 caracteres.
- Sello digital del SAT y del emisor.
- Fecha y hora de timbrado.
- Tipo de retención: ISR, IVA o ambos.
- Monto de la operación, base gravable y monto retenido.
- Cadena original del complemento de certificación digital.
Errores comunes y cómo solucionarlos
El portal del SAT no es famoso por su elegancia, así que te adelantamos los tropiezos más típicos. Si te aparece el mensaje “No se encontraron registros”, lo más probable es que el retenedor todavía no haya timbrado la constancia: por ley tiene hasta el 31 de enero del siguiente año para emitir las del ejercicio anterior, aunque muchos lo hacen mes a mes.
Otro clásico es que el sistema marque error al descargar más de 500 comprobantes a la vez. Solución: filtra por mes o por RFC emisor. Si tu e.firma caducó (vigencia de 4 años), tendrás que renovarla con cita en una oficina del SAT antes de poder bajar nada.
¿Qué hago si el retenedor no me dio la constancia?
Primero pídela por escrito o correo electrónico dejando rastro. Si después de 30 días no la emite, puedes presentar una queja ante PRODECON (Procuraduría de la Defensa del Contribuyente) llamando al 55 1205 9000 o por su portal. PRODECON medía gratis y suele resolver en pocas semanas.
¿Para qué sirve guardar el aviso de retención?
Aunque hoy todo está en la nube del SAT, conservar tus constancias en disco duro o nube personal te salva en tres escenarios concretos:
- Declaración anual: aplicas las retenciones como pago provisional y reduces tu ISR a cargo o aumentas tu saldo a favor.
- Solicitud de devolución: el SAT puede pedirte el XML original durante una revisión.
- Créditos bancarios e hipotecas: los bancos piden constancias para comprobar ingresos no asalariados.
Sacar el aviso de retención del SAT es de los trámites menos dolorosos del calendario fiscal mexicano, siempre y cuando tengas tus accesos al día y revises mes con mes que tus pagadores estén timbrando como deben. No esperes a abril para descubrir que medio año de constancias falta. ¿Ya revisaste tus retenciones de este mes o vas a esperar a la declaración anual para llevarte la sorpresa?
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