Si traes una deuda vieja encima y te preguntas cuándo deja de poder cobrártela el banco, la respuesta corta es esta: en México la mayoría de las deudas bancarias y de tarjeta de crédito prescriben a los 10 años, un pagaré a los 3 años y un cheque a los 6 meses. Pero aguas, porque la prescripción no ocurre sola: tienes que hacerla valer ante un juez. Aquí va todo lo que necesitas saber.
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Qué significa realmente que una deuda prescriba
La prescripción es el tiempo máximo que la ley le da a un acreedor para exigirte el pago por la vía legal. Si ese plazo se cumple y el banco, la tienda departamental o el despacho de cobranza nunca te demandaron, pierden la herramienta más fuerte que tienen: el juicio. La deuda no se borra por arte de magia ni desaparece del contrato, pero se convierte en lo que los abogados llaman una obligación natural: ya nadie te puede obligar a pagarla.
Y aquí viene lo que casi nadie te dice: la prescripción no opera sola. Si te demandan por una deuda de hace 12 años y tú no contestas el emplazamiento, el juez puede dictar sentencia en tu contra y embargarte. Tienes que presentarte y oponer la excepción de prescripción dentro del plazo legal. Quedarte callado es perder, aunque la ley esté de tu lado.
Cuánto tarda en prescribir cada tipo de deuda
No todas las deudas se miden con la misma vara. El plazo depende del documento que firmaste y de la naturaleza del cobro. Estos son los plazos que marca la legislación mexicana:
- Tarjetas de crédito y créditos bancarios: 10 años, por ser actos de comercio (artículo 1047 del Código de Comercio).
- Pagarés: 3 años contados desde la fecha de vencimiento (artículo 165 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito).
- Cheques: 6 meses desde que terminó el plazo de presentación.
- Deudas civiles comunes (préstamos entre particulares sin documento mercantil): 10 años, según el artículo 1159 del Código Civil Federal.
- Rentas, pensiones y pagos periódicos: 5 años.
- Honorarios de profesionistas y ventas al menudeo de un comerciante: 2 años.
- Créditos fiscales del SAT: 5 años (artículos 67 y 146 del Código Fiscal de la Federación).
- Créditos hipotecarios, incluido Infonavit: 10 años por tratarse de acción hipotecaria.
Desde cuándo empieza a correr el reloj
Este detalle cambia todo. El plazo no se cuenta desde que abriste la tarjeta ni desde el último cobro que te hicieron, sino desde el momento en que la deuda se volvió exigible: normalmente la fecha del último pago que hiciste o la fecha en que venció el plazo pactado. Si dejaste de pagar tu tarjeta en marzo de 2016 y nunca abonaste un peso más, el reloj arrancó ahí y se habría cumplido en marzo de 2026.
El contador se reinicia más fácil de lo que crees
Muchas personas creen que solo hay que aguantar callados hasta que pase el tiempo, y por un descuido regresan a cero. La ley permite que el plazo se interrumpa, y cuando eso pasa, todo el conteo vuelve a empezar desde el día uno. Esto interrumpe la prescripción:
- Hacer cualquier pago, aunque sea de 100 pesos.
- Firmar un convenio, una reestructura o aceptar un descuento por liquidación.
- Reconocer la deuda por escrito, por correo o incluso en una llamada grabada.
- Que el acreedor te demande y te emplacen formalmente.
- Aceptar una promesa de pago para futura fecha.
Por eso los despachos de cobranza insisten tanto con la frase de abónale aunque sea poquito. No es generosidad: un abono chiquito les compra otros 10 años para demandarte. Si tu deuda ya está por prescribir, ese pago es lo peor que puedes hacer.
Prescribir no es lo mismo que salir del Buró de Crédito
Son dos relojes distintos y corren en paralelo. Que tu historial se limpie no significa que la deuda prescribió, y que la deuda prescriba no significa que ya saliste del Buró. Los plazos de eliminación del historial los marca la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia y dependen del monto en UDIS:
- Menos de 25 UDIS: se elimina al año.
- De 25 a 500 UDIS: 2 años.
- De 500 a 1,000 UDIS: 4 años.
- Más de 1,000 UDIS: 6 años, es decir 72 meses.
Con la UDI rondando los 8.8 pesos a mediados de 2026 (conviene revisar el valor del día en el Banco de México), mil UDIS equivalen a unos 8,800 pesos. Ojo con dos excepciones: las deudas superiores a 400,000 UDIS, alrededor de 3.5 millones de pesos, no se eliminan nunca, y tampoco las que estén en litigio o hayan sido calificadas como fraude.
Qué hacer si te cobran una deuda que ya prescribió
- No pagues ni un peso hasta confirmar la fecha exacta de tu último abono. Pide tu reporte de crédito especial, es gratis una vez al año.
- No firmes ni aceptes nada por teléfono. Ni promesas de pago ni convenios verbales.
- Guarda todo: mensajes, correos, números que te llaman y horarios de las llamadas.
- Denuncia el acoso. Los despachos no pueden amenazarte, llamarte en horarios inhábiles ni contactar a tus familiares o a tu trabajo. Repórtalos en el REDECO de la Condusef.
- Si llega una demanda, contesta. Contrata abogado y opón la excepción de prescripción por escrito. Es el único camino para que un juez la declare.
Tres errores que salen carísimos
El primero, ignorar un citatorio judicial pensando que ya pasó mucho tiempo. El segundo, aceptar un descuento del 70 por ciento justo antes de que se cumpla el plazo, porque ese pago revive la deuda completa. El tercero, confundir las llamadas de cobranza con un proceso legal: mientras no haya un juzgado de por medio y un actuario tocando tu puerta, no hay embargo posible.
En resumen
El tiempo juega a tu favor, pero solo si sabes usarlo. Revisa la fecha de tu último pago, calcula el plazo que aplica a tu tipo de deuda y no reconozcas nada mientras el reloj sigue corriendo. La prescripción es un derecho tuyo, aunque nadie te lo va a regalar: hay que reclamarlo. Y tú, ¿ya sacaste la cuenta de cuánto tiempo lleva parada esa deuda que traes pendiente?
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Publicado por Créditos Latam · Última revisión: 5 de agosto de 2026
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