No necesitas abrir una empresa ni tener local para emitir facturas en México. Si das clases, arreglas computadoras, rentas un cuarto o cobras por honorarios, el SAT tiene un régimen para tu caso. Te piden tres cosas: tu RFC activo, la obligación fiscal correcta dada de alta y un sello digital. Aquí tienes el camino completo, desde el alta hasta la primera factura.
En este artículo8 secciones
- Qué significa persona física sin actividad empresarial
- Los regímenes que sí te permiten facturar
- Lo que necesitas antes de emitir tu primera factura
- Cómo emitir la factura paso a paso y sin pagar nada
- Cuánto vas a pagar de impuestos
- Errores que salen caros
- Tu siguiente paso para empezar a facturar
- Preguntas frecuentes
Qué significa persona física sin actividad empresarial
Mucha gente cree que es un régimen del SAT. En realidad es una distinción legal: la actividad empresarial abarca comercio, industria, agricultura, ganadería, pesca o autotransporte. Dar un servicio profesional, rentar un inmueble, vender por una aplicación o recibir un sueldo queda fuera de esa lista, aunque te genere ingresos y, por lo tanto, impuestos.
La confusión viene sobre todo de quienes sólo están en el régimen de Sueldos y Salarios. Ahí tu patrón factura por ti y tú no puedes emitir un CFDI. Para cambiarlo basta con agregar una obligación fiscal nueva a tu RFC. El trámite es gratuito y lo haces en línea con e.firma o en persona, con cita en una oficina del SAT. Puedes conservar tu sueldo fijo y facturar aparte al mismo tiempo.
Los regímenes que sí te permiten facturar
Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)
Está vigente desde el 1 de enero de 2022 y es la opción más barata si vas empezando. Puedes entrar si tus ingresos anuales no rebasan 3.5 millones de pesos, no eres socio o accionista de una empresa y tienes e.firma y buzón tributario activos. El ISR se calcula sobre lo que efectivamente cobraste, sin deducciones, con tasas del 1% al 2.5%. Declaras cada mes, a más tardar el día 17.
Servicios profesionales u honorarios
Lo usan quienes dan asesoría, diseño, consultoría, terapia o clases particulares. En este régimen sí deduces los gastos ligados a tu trabajo (equipo, internet, papelería, transporte), pero el ISR sigue una tarifa progresiva que llega hasta 35%. Cuando le facturas a una empresa, ella te retiene 10% de ISR y 10.67% de IVA.
Arrendamiento
Te corresponde si rentas un departamento, una bodega o un local. Pocos conocen su ventaja: la deducción opcional del 35% sobre los ingresos, la llamada deducción ciega, más el impuesto predial, sin guardar facturas de gastos.
Plataformas tecnológicas
Es para quien cobra por aplicaciones de transporte, entrega de comida, hospedaje o venta en línea. La plataforma te retiene el impuesto directamente, y si no rebasas 300,000 pesos al año puedes elegir que esa retención sea definitiva.
Lo que necesitas antes de emitir tu primera factura
- RFC activo con la obligación correspondiente dada de alta.
- e.firma vigente (dura 4 años y la renuevas en línea si no ha caducado).
- Certificado de Sello Digital (CSD), que tramitas gratis con el programa Certifica y subes en el portal del SAT.
- Constancia de Situación Fiscal actualizada, con tu código postal correcto.
- Datos del cliente: RFC, nombre o razón social tal cual aparece en su constancia, código postal, régimen fiscal y uso del CFDI.
Fíjate bien en el último punto. Desde el 1 de abril de 2023 la versión obligatoria es CFDI 4.0, y si el nombre o el código postal no coinciden letra por letra con la base del SAT, la factura no se timbra.
Cómo emitir la factura paso a paso y sin pagar nada
- Entra a sat.gob.mx y selecciona Factura electrónica, después Generar factura.
- Ingresa con RFC y contraseña o con e.firma.
- Captura los datos del receptor: RFC, nombre, código postal, régimen fiscal y uso del CFDI.
- Agrega el concepto con su clave de producto o servicio, cantidad, valor unitario y el IVA del 16% si aplica.
- Indica la forma de pago (transferencia, efectivo, tarjeta) y el método: PUE si ya te pagaron, PPD si te van a pagar después.
- Sella y descarga los archivos PDF y XML. Mándale los dos al cliente; el XML es el que tiene validez fiscal.
La herramienta del SAT es gratuita y no tiene límite de facturas. Un servicio de pago te conviene sólo si emites muchas facturas al mes y quieres llevar ahí inventario, cobranza o contabilidad.
Cuánto vas a pagar de impuestos
En RESICO, el ISR mensual se calcula sobre tus ingresos cobrados, sin IVA, con estas tasas:
- Hasta 25,000 pesos: 1%
- Hasta 50,000 pesos: 1.10%
- Hasta 83,333.33 pesos: 1.50%
- Hasta 208,333.33 pesos: 2%
- Más de esa cantidad: 2.50%
Un ejemplo: si le facturas 20,000 pesos a un cliente, cobras 23,200 con IVA incluido. Pagas 200 pesos de ISR (el 1%) y le entregas al SAT los 3,200 de IVA, menos el IVA de tus gastos comprobados. Si tu cliente es una persona moral, además te retiene 1.25% de ISR, y esa retención la restas de tu pago mensual.
En honorarios pagas sobre la utilidad (ingresos menos deducciones) con una tarifa progresiva. Si tienes gastos altos, puede salirte mejor que RESICO; con pocos gastos, casi nunca.
Errores que salen caros
- Facturar sin haber dado de alta la obligación. El sistema no te deja timbrar y, con las prisas, pierdes al cliente.
- No presentar declaraciones en ceros. Aunque un mes no factures, tienes que declarar; si no, te llegan multas desde 1,810 pesos.
- Olvidar la declaración anual de abril. En RESICO, si no la presentas, el SAT puede sacarte del régimen y pasarte al de honorarios, con tasas mucho más altas.
- Cancelar facturas fuera de tiempo. Desde 2022 sólo puedes cancelar CFDI del ejercicio en curso y hasta el mes en que vence la declaración anual.
- Ignorar el buzón tributario. Tienes que tenerlo activo con correo y teléfono, porque ahí llegan los avisos antes de que se vuelvan un requerimiento.
Tu siguiente paso para empezar a facturar
Para facturar como persona física sin un negocio formal te bastan un trámite gratuito, un sello digital y una declaración mensual. Con eso ya puedes cobrarle a empresas que sin factura no te podían contratar. Si todavía no lo haces, entra al portal del SAT con tu e.firma, agrega la obligación fiscal que te corresponde y tramita tu CSD con Certifica antes de tu próximo cobro.
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Preguntas frecuentes
¿Cuánto tarda el SAT en darme de alta la obligación para facturar?
Si lo haces en línea con e.firma en sat.gob.mx, el alta de la obligación queda registrada en el momento y ya puedes descargar tu Constancia de Situación Fiscal actualizada. Presencial requiere cita previa y también se resuelve el mismo día. El trámite es gratuito; lo que suele tardar más es tramitar el Certificado de Sello Digital después.
¿Puedo facturar si solo tengo sueldo y salarios sin darme de alta en otro régimen?
No. En Sueldos y Salarios el CFDI de nómina lo emite tu patrón y tú no tienes sellos digitales propios, así que no puedes timbrar nada. Necesitas agregar una obligación adicional a tu RFC, por ejemplo RESICO, honorarios o arrendamiento. No pierdes tu empleo ni tu régimen actual: los dos conviven en el mismo RFC.
¿Qué pasa si un mes no tengo ingresos y no facturo nada?
Igual debes presentar la declaración mensual en ceros antes del día 17. Omitirla genera multas por declaración no presentada y, en RESICO, dejar de declarar puede sacarte del régimen y mandarte a Actividades Empresariales y Profesionales, con tasas mucho más altas. La declaración en ceros se hace en minutos desde el portal del SAT.
¿Me conviene más RESICO o el régimen de honorarios?
Depende de cuánto gastes para trabajar. RESICO cobra entre 1% y 2.5% sobre lo cobrado pero no admite deducciones; honorarios permite deducir equipo, internet, transporte y papelería, aunque el ISR sube por tarifa progresiva hasta 35%. Si tus gastos deducibles son bajos, RESICO casi siempre sale mejor; si son fuertes, calcula ambos escenarios.
Publicado por Créditos Latam · Última revisión: 25 de octubre de 2026
Créditos Latam es un comparador de préstamos personales en México. Elaboramos guías de finanzas personales contrastando la información con las fuentes oficiales: SAT, IMSS, INFONAVIT, CONDUSEF, Banco de México y las propias entidades. Revisamos y actualizamos cada guía cuando cambian los trámites, los requisitos o las tarifas.
Información general con fines divulgativos, contrastada con fuentes oficiales (SAT, IMSS, CONDUSEF, Banxico). No sustituye la asesoría de un profesional ni la consulta directa con la institución correspondiente.